Documento de Identificación oficial que acredita al profesionista para ejercer libre y con efectos de patente la profesión a la que pertenezca, en los niveles de Bachillerato Técnico, Técnico Medio, Técnico Superior Universitario, Licenciatura, Diploma de Especialidad y Grado Académico (Maestría y Doctorado)
¿Cuándo debo realizarlo?
Al obtener el Título Profesional expedido por la institución educativa previamente registrada en la Dirección Estatal de Profesiones.
¿Quién puede realizarlo?
Interesado o familiar con solicitud debidamente firmado
¿Qué obtengo?
Cédula Profesional
¿Cuánto cuesta?
| Tipo de Trámite de Registro | Cédula Estatal (Derechos estatales y medidas de seguridad) |
|---|---|
| Técnico Medio | $732.00 + $200.00 |
| Técnico Superior Universitario | $1,402.00 + $200.00 |
| Licenciatura | $1,489.00 + $200.00 |
| Diploma Especialidad | $2,244.00 + $200.00 |
| Maestría Doctorado | $2,244.00 + $200.00 |
¿Tiempo de respuesta?
15 días hábiles
Fundamentos jurídicos
Horario de recepción de documentación
de 9:00 a 14:00 horas de Lunes a Viernes
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2025
TIEMPO DE RESPUESTA
15 días hábiles
OBSERVACIONES
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2025
TIEMPO DE RESPUESTA
15 días hábiles
OBSERVACIONES
Requisitos
(Original y copia tamaño carta por ambos lados).
(Original y copia tamaño carta por ambos lados).
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2025
TIEMPO DE RESPUESTA
15 días hábiles
OBSERVACIONES
Requisitos
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2025
TIEMPO DE RESPUESTA
15 días hábiles
OBSERVACIONES
Requisitos
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2025
TIEMPO DE RESPUESTA
15 días hábiles
OBSERVACIONES
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2025
TIEMPO DE RESPUESTA
15 días hábiles
OBSERVACIONES
Para solicitar la Autorización (no deberá tener más de un año de concluidos los estudios profesionales a la fecha de presentación de esta solicitud y deberá tener promedio mínimo de siete).
El párrafo segundo del Artículo 5° de la Constitución General de la República, faculta a las entidades federativas para dictar leyes que regulen el ejercicio profesional. Con base en lo anterior, el H. Congreso del Estado aprobó en 1998 la Ley de Profesiones para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
El Artículo 5° de la citada Ley señala:
Las facultades que con base en esta ley le corresponden al Estado, las ejercerá el Ejecutivo a través de la Secretaría de Educación Pública, la que contará con las instancias administrativas necesarias para el efecto.
La nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, publicada en el Periódico Oficial número 97, de fecha 7 de diciembre de 2005, señala en su Artículo 17.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de la Administración Pública centralizada del Estado, el Titular del Ejecutivo contará con las siguientes dependencias: . . .
Fracción VII. Secretaría de Educación y Cultura. Con ese antecedente, y ante la necesidad de contar con una instancia que de manera específica regule y vigile el ejercicio profesional en la entidad, para adecuarlo al entorno en que estamos inmersos, es que se crea la Dirección Estatal de Profesiones.
Los logros alcanzados en materia de registro, desarrollo y regulación profesional sustentados en una efectiva vinculación con las autoridades educativas, las instituciones educativas, los profesionistas y sus colegios, y en una amplia colaboración y coordinación de esfuerzos con la Autoridad Federal en materia de profesiones, dan a la Dirección Estatal de Profesiones un sólido prestigio entre la comunidad en general, al reconocer su importante contribución en el proceso de acceder a una nueva cultura profesional que garantice la prestación de servicios profesionales de excelencia, brindados con calidad, ética y compromiso social.
Regular y vigilar el ejercicio profesional en la entidad.
Tramitar la Cédula Profesional con efectos de patente
Ser órgano de conexión y enlace entre el Estado, la Dirección General de Profesiones (DGP), las instituciones de educación media y superior, los profesionistas y sus colegios.
Implementar mecanismos permanentes de orientación, supervisión y control en el ejercicio profesional.
Integrar el Registro Estatal de Profesionistas y el de sus Colegios.
Integrar un registro de las instituciones de educación media y superior en la entidad.
Promover los procesos de certificación voluntaria de los profesionistas.
Propiciar la vinculación de los colegios de profesionistas, las instituciones educativas y los sectores social y privado.
Tramitar al profesionista que lo solicite de forma personal o a través de las Instituciones Educativas la Cédula Profesional Estatal con efectos de patente
Tramitar ante la DGP el registro de títulos profesionales, diplomas de especialidad y grados académicos, así como la expedición de cédulas personales con efectos de patente para el ejercicio profesional.
Fomentar la calidad de los servicios profesionales a través de la formación permanente
Brindar a los usuarios un servicio oportuno, eficiente, eficaz y confiable, en el trámite de Registro de Título y expedición de Cédula Profesional, a través de la modernización y simplificación de procesos, sustentado en la mejora continua.
Proporcionar a los usuarios información oportuna y completa de los requisitos para realizar el trámite de Registro de Título y expedición de Cédula Profesional.
Brindar una atención personalizada a los usuarios.
Mejorar continuamente los procesos de trabajo.
Reducir los tiempos de respuesta
Eliminar el riesgo de pérdida y maltrato de documentos.
Transmitir una imagen confiable y segura en el manejo de documentos.
Disponer de un sistema de información que permita tener el control de los trámites y llevar su seguimiento.
Atender la capacitación y actualización del personal y ofrecer oportunidades de superación profesional.
Incrementar la satisfacción de los usuarios.
Técnico Medio
Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado
Licenciatura
Diploma de Especialidad
Grado Académico -Maestría, Doctorado-
Duplicado de Cédula Profesional
Autorización Provisional
Constancia de Registro de Título y No Sanción
Requisitos
PAGOS
Derechos Estatales*:
$ $ 10,935.00
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2026
TIEMPO DE RESPUESTA
8 días hábiles
OBSERVACIONES
www.pagafacil.gob.mx
Requisitos
PAGOS
Derechos Estatales*:
$ $ 320.00
*Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Ejercicio Fiscal 2026
TIEMPO DE RESPUESTA
8 días hábiles
www.pagafacil.gob.mx
Requisitos
PAGOS
Sin costo
TIEMPO DE RESPUESTA
4 días hábiles
Requisitos
PAGOS
Sin costo
TIEMPO DE RESPUESTA
5 días hábiles
Requisitos
PAGOS
Sin costo
TIEMPO DE RESPUESTA
4 días hábiles
OBSERVACIONES
El registro de un nuevo Consejo Directivo, tiene una vigencia de dos años y se requiere actualizar cuando sea nombrado un nuevo Consejo Directivo.
¿Qué son los Colegios de Profesionistas?
Son asociaciones civiles (no lucrativas) formadas por profesionistas de una misma rama profesional interesados en agruparse para trabajar en beneficio de su profesión. Los Colegios son instancias de opinión crítica en busca de garantía de calidad y certeza en el ejercicio profesional. Por su conocimiento técnico y científico son los organismos idóneos para emitir dictámenes, en determinadas situaciones, tanto a organismos públicos como privados. Son los responsables de promover acciones en beneficio de la población, esencialmente a través del servicio social profesional que, de acuerdo con la ley, deben prestar todos los profesionistas, desempeñando tareas directamente relacionadas con su profesión, cuya finalidad sea elevar la calidad de vida de la comunidad.
Propósitos de los colegios de profesionistas.
I. Modernización de la Dirección Estatal de Profesiones
Objetivo:
Contar con las condiciones necesarias que permitan a la Dirección Estatal de Profesiones el que pueda cumplir con las atribuciones que tiene encomendadas.
Meta:
Ofrecer a los usuarios–autoridades educativas, instituciones educativas, profesionistas y sus colegios– servicios oportunos y de calidad.
II. Comunicación y Difusión
Objetivo:
Promover el registro profesional, fomentar la colegiación e implementar acciones para la vigilancia del ejercicio profesional.
Meta:
Dar a conocer a la comunidad en general el que hacer de la Dirección Estatal de Profesiones; propiciar el registro de profesionistas y sus colegios; interactuar con la Dirección General de Profesiones, las instituciones educativas, los profesionistas y sus colegios; así como, establecer mecanismos para la participación de la sociedad en la vigilancia del ejercicio profesional.
III. Fomento a la Calidad
Objetivo:
Promover los procesos de certificación voluntaria de los profesionistas; la creación de instancias de formación permanente; la vinculación entre los colegios de profesionistas, las instituciones educativas y los sectores social y productivo; y, la evaluación del desarrollo de las profesiones.
Meta:
Promover la cultura de evaluación; la acreditación de las instituciones de educación superior y de los programas que ofrecen; organizar los procesos para la certificación voluntaria de los profesionistas; intercambiar experiencias sobre la práctica profesional; y, emitir recomendaciones sobre planes y programas de estudio.
IV. Simplificación de los Procesos de Registro Profesional y de Instituciones Educativas
Objetivo:
Establecer con la DGP los acuerdos necesarios a fin de avanzar en la modernización y simplificación de los procesos de registro profesional y de instituciones educativas.
Meta:
Atender de manera oportuna, segura, confiable y con calidad a los usuarios –autoridades educativas, instituciones educativas, profesionistas y sus colegios– que demandan trámites y servicios de la Dirección Estatal de Profesiones.
Francisco Coss y Avenida Magisterio s/n, Zona Centro, C.P. 25000, Saltillo, Coahuila.
Tel. (844) 411 8800